A continuación, terminaremos de definir los diferentes tipos de interpretaciones.
Interpretación Educacional: por lo general, incluida dentro de la interpretación comunitaria. Éste es un campo de rápido crecimiento de especialización, principalmente entre los intérpretes de lenguajes de señas. Abarca la interpretación en clases para estudiantes que no comprenden el idioma de instrucción, así como también la interpretación entre profesores y apoderados en las reuniones escolares y audiencias disciplinarias. Pueden ser requeridas ambas interpretaciones, tanto simultánea como consecutiva, dependiendo de las circunstancias.
Interpretación Telefónica (OPI, por sus siglas en inglés): también conocida como interpretación a distancia. Este término se refiere a los servicios de interpretación proporcionados a través de vínculos telefónicos (ocasionalmente con videoconferencias), en la cual ni el intérprete ni las partes están en el mismo lugar físico. Los intérpretes OPI tienden a trabaja en casos legales, comerciales, servicios sociales y médicos. En la actualidad, la mayoría de las interpretaciones OPI se desarrolla consecutivamente, sin embargo, como las tecnologías de telecomunicaciones están cada vez más desarrolladas, la interpretación simultánea se hará cada vez más frecuente (Mints, 1998).
Interpretación comunitaria: tal vez, la más controversial de los términos de diferenciar entre los tipos de interpretación. Es la interpretación que “permite a las personas que no hablan con fluidez el idioma oficial del país comunicarse con los proveedores de servicios públicos, así como para facilitar un acceso completo e igualitario a los servicios sociales, gubernamentales, de educación, salud y legales (Carr y asociados, 1997)”. Este tipo de interpretación también es conocida como de enlace, ad hoc, a tres bandas, de diálogo, de contacto, de servicio público e interpretación cultural. Existe un pequeño consenso sobre las definiciones entre estos términos y de si son o no sinónimos (Gentile y asociados, 1996; Carr y asociados, 1997).
Los intérpretes comunitarios fueron alguna vez considerados amateurs y, erróneamente, “benefactores” (González y asociados, 1991). Sin embargo, hoy en día son cada vez más reconocidos como especialistas en su propio derecho. Algunos escritores consideran la interpretación comunitaria un término genérico que incluye la interpretación médica y legal (Mikkelson, 1996), mientras que otros (principalmente los intérpretes judiciales) lo consideran una categoría a parte. Algunas fuentes afirman que esta es, por definición, desarrollada en modo consecutivo (Gentile, 1997), aunque por lo general, se utiliza la interpretación simultánea cuando el profesional es capaz de ello y la situación lo amerita. Gentile ha manifestado su frustración a la imprecisión del término “interpretación comunitaria” y expresó su preferencia por “interpretación de enlace”, ya que describe mejor el proceso. Él afirma que el uso reiterativo de la etiqueta “interpretación comunitaria” tendrá un efecto adverso sobre la profesión, perpetuando la “imagen de cenicienta” que se le ha vinculado.
De ser así, seguirá siendo considerada como una segunda forma de tasa de interpretación la cual no es digna de una atención específica en términos de estatus, entrenamiento, remuneración e investigación. Esto se debe, a que no describe un ambiente que sea fácilmente reconocible como un área de interpretación, ni utiliza términos que estén desprovistos de ambigüedad. La expresión comunitaria puede ser aplicada a una comunidad que asiste a una conferencia, a una comunidad viviendo en un área, a una comunidad de personas interesadas en un único asunto, o una comunidad de oradores de cierto idioma.
Sin embargo, “interpretación comunitaria” parece estar haciendo a un lado los otros términos en uso en todo el mundo.
Este análisis de los diferentes tipos de interpretación ha mostrado que, independiente del adjetivo que sucede a la palabra “intérprete”, los practicantes de esta profesión, en todo el mundo, llevan a cabo el mismo servicio y deben cumplir las mismas normas de competencia. La disparidad en las condiciones y estatus de trabajo no es naturaleza de la interpretación en sí, sino lo factores externos que afectan el mercado en el cual los intérpretes prestan sus servicios. La forma de reducir esta disparidad es reconocer los puntos en común en el trabajo de los intérpretes y formar fuertes asociaciones y alianzas profesionales que unirán a los practicantes que se esfuerzan por alcanzar objetivos comunes.